Está claro que todo el mundo añora el día en que, al pagar la última cuota de la hipoteca, nuestra vivienda pasa a ser de nuestra propiedad. No obstante, lo que mucha gente desconoce es que, después de este último pago, todavía hay que realizar una última gestión, la
cancelación de la inscripción del préstamo hipotecario.
Los bancos y entidades financieras, a la hora de conceder un préstamo hipotecario, exigen que el contrato hipotecario se valide mediante escritura pública y que se inscriba en el
Registro de la Propiedad. El caso es que aunque hayamos devuelto todo el dinero prestado más los correspondientes intereses, la hipoteca continuará inscrita en el registro a menos que nosotros la cancelemos, en pocas palabras, a menos que decidamos eliminar del registro el rastro de nuestra deuda.
Si no tenemos intención de vender la vivienda, no hay necesidad de llevar a cabo dicho trámite, es decir, el hecho de que la hipoteca permanezca sin cancelar no tiene importancia, pero si queremos vender o hipotecar de nuevo nuestra vivienda, la cancelación se trata de un trámite imprescindible. En este artículo indicaremos las
gestiones que, una vez que hayamos recibido la carta de pago del banco acreditando que hemos saldado nuestra deuda hipotecaria, hay que realizar
para proceder a cancelar la inscripción de dicho préstamo hipotecario.