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viernes, 26 de febrero de 2021

Comunidades de propietarios, problemas con los presupuestos

En este artículos os vamos a explicar lo que se puede hacer en caso de que en una junta de vecinos se apruebe la realización de unas obras de mantenimiento del edificio y que, finalmente, no se llegue a un acuerdo con el presupuesto a elegir. Incluso podría darse el caso de que elegido un presupuesto, este fuera demasiado alto y que no estuviese cubierto por el fondo de reserva por lo que podría darse el caso de que el presidente de la comunidad decidiese no acometer las obras.

Reformas y obras en las zonas comunes

Además, si posteriormente algunos vecinos decidiesen solicitar otros presupuestos y encontrasen alguno que se ajustase al dinero existente en el fondo de reserva, podrían tener problemas para que este otro presupuesto pudiese ser considerado por el presidente. ¿Qué se puede hacer si en nuestra comunidad de vecinos se presenta una situación como esta?

La mejor manera de solucionar los problemas que pueden derivarse de la elección de presupuesto es convocar una junta extraordinaria. La convocatorio de una junta extraordinaria puede ser realizada el presidente de la comunidad o el veinticinco por ciento de los propietarios que simultáneamente representen el veinticinco por ciento de las cuotas.

Por lo tanto, existen medios para luchar contra una posición del presidente poco democrática y que no atienda a razones.

En la mencionada junta se deberán presentar los diferentes presupuestos y los vecinos podrán elegir el más adecuado a las necesidades de la comunidad de propietarios. Resultará aconsejable que en la junta y también se nombre una comisión encargada del seguimiento de las obras, siendo lo normal que formen parte de ella aquellos vecinos que se encuentren más interesados en la realización de las obras de reforma y mantenimiento.

Si en esta nueva junta se decidiese que finalmente no se deben realizar las obras, aquellos propietarios que si deseen acometerla deben mostrar su oposición y salvar su voto para poder impugnar judicialmente el acuerdo tomado por la junta en un plazo máximo de tres meses.

Obviamente lo más conveniente es no tener que llegar a la impugnación por el coste en tiempo y dinero que esto supone. Además, si la obra fue en principio aprobada, es posible que se haya realizado una primera recaudación para aumentar el fondo de reserva y poder llevarla a cabo, si esto es así lo mejor es llegar a un acuerdo entre todos los vecinos para que de esta manera la comisión que se nombre pueda supervisar la ejecución del presupuesto que finalmente se apruebe.

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