Un lector de vivienda barata y promotoras inmobiliarias nos pregunta qué es lo que ocurre y qué es lo que se puede hacer, si después de alquilar un piso o vivienda a dos inquilinos o arrendatarios, debido a la existencia de problemas entre ellos, uno decide abandonar la casa y el otro se queda pero pagando la mitad de la cuota de alquiler, instando al arrendador a que reclame la otra mitad al que abandonó el piso. Además, en el contrato de alquiler no se estipula la obligación solidaria de ambos arrendatarios.
Lo primero que hay que dejar claro es que si existe más de un arrendatario y se pacta una renta conjunta, el hecho de que uno de ellos deje la casa no le exime de sus responsabilidades, ya que, obviamente, el arrendador tiene derecho a seguir percibiendo la renta del alquiler completa. Por lo tanto, si sólo está recibiendo la mitad de lo pactado por contrato, se considera impago y el arrendador puede interponer una demanda de reclamación de rentas y de desahucio contra todos los arrendatarios.
Y en lo que respecta a las obligaciones de los inquilinos, actualmente se está discutiendo en los tribunales de justicia sobre si las obligaciones son mancomunadas, es decir, si cada uno es solamente responsable de su parte, en cuyo caso el arrendador debe reclamar el impago de forma individual, o si dichas obligaciones son solidarias, es decir, todos los arrendatarios responden de todo y es posible reclamar lo que se debe en conjunto. La tendencia que se está imponiendo es la segunda y, aunque no se haya precisado en el contrato, existe una obligación solidaria entre los dos arrendatarios en cuanto al pago de la renta de alquiler, por lo que el arrendador puede reclamar a uno o a ambos el pago total de la renta.
Si finalmente es sólo uno de los inquilinos el que tiene que hacer frente a toda la cuota de alquiler, éste podrá reclamar al otro que le pague su parte.
También conviene mencionar, que antes de emprender acciones legales y judiciales, el arrendador puede tomar la decisión que estime más oportuna según sea la situación personal de los inquilinos, es decir, puede decidir darle un plazo para que busque otro coarrendatario, rebajarle la renta del alquiler, o cualquier otra decisión que le parezca conveniente.
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