El alquiler de pisos compartidos es una tendencia relativamente nueva dentro del mercado inmobiliario, donde se busca un gasto mínimo en el alquiler de una vivienda, sacrificando un poco de intimidad, y donde es importante poder seleccionar a la persona con la que vamos a compartir las zonas comunes de la casa. Una vez tengamos claro cuál va a ser nuestra vivienda compartida, es importante saber en qué condiciones legales podemos entrar a vivir en la casa, o que tipo de contrato podemos ofrecer a un inquilino si somos nosotros los que alquilamos una habitación o parte de la casa.
Pongamos un caso sencillo, donde existe una casa que dispone de tres habitaciones y se quiere tanto alquilar una como ofrecen una a un inquilino; Existen dos maneras diferentes de poder alquilar esta parte de la casa con las suficientes condiciones legales para estar tranquilos en caso de tener alguna disputa o necesidad de terminar la relación. Estas dos opciones están contempladas tanto en el código civil como en la Ley de arrendamientos urbanos.
Opción A: Basándose en la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario del inmueble puede hacer un solo contrato, con el que el arrendador puede exigir el cumplimiento integro del contrato de alquiler a la persona que va a instalarse en la zona o habitación alquilada; dicho de otra manera, en inquilino tendría los mismos derechos que el propietario, pero estaría obligado a cumplir con la totalidad de obligaciones, tales como gastos íntegros, cumplimiento de tiempo completo del plazo de alquiler, etc.
Opción B: Si el propietario lo estima oportuno a la hora de arrendar una habitación de la casa, puede hacerlo rigiéndose por el Código Civil; en este tipo de contrato de alquiler de pisos compartidos tanto el propietario como el inquilino se hacen cargo y responsables de lo suyo; en el contrato debe quedar claro cuál será el importe e los gastos, como se harán frente a las posibles reparaciones en zonas comunes, etc. Además en este caso los gastos del inquilino pueden estar estipulados, fijados e incluidos en contrato, o ser repartidos entre propietario e inquilino cuando lleguen a producirse.
El contrato más utilizado tanto por propietarios como por inquilinos en nuestro país es el basado en el código civil, gracias a su sencillez y a que la mayoría de puntos a cumplir son pactamos y estipulados por propietario e inquilino; las principales diferencias entre este (Código Civil) y el contrato basado en la Ley de Arrendamientos Urbanos son:
- Se admiten pactos escritos por parte del inquilino y del propietario que la LAU no admite al ser mucho mas rígida en sus condiciones.
- La duración del contrato es libre y se pacta previo acuerdo con el propietario.
- En caso de venta de la vivienda el contrato queda extinguido de manera automática.
- El contrato es totalmente personal, sin posibilidad de subrogaciones.
- No hay derecho a prorroga ni indemnización una vez terminada la duración del contrato; su renovación se produce de manera automática una vez finalizado o previa nueva negociación entre ambas partes.
En cualquier caso dentro del contrato debe quedar claro a qué zonas comunes se tiene derecho de uso, que zonas no pueden ser utilizadas, el precio del alquiler de la habitación en si, como se repartirán los gastos comunes tales como luz agua y gas, como se harán frente a los gastos del deterioro de zonas comunes, quien se hace cargo de las reparaciones dentro de la habitación alquilada e importe del depósito si es solicitado por el propietario entre otras; en concreto debe quedar por escrito que el arrendador acepta el uso compartido de las zonas comunes con el arrendatario, zonas como baño, cocina, terraza, etc.
Ahora tan solo queda buscar un piso compartido de alquiler en tu zona favorita para optar a todas sus ventajas económicas, cubierto de manera legal en caso de necesidad, y por supuesto, elegir la persona apropiada para compartir la vivienda; en paginas como Easy piso además de una selección de pisos compartidos por localidades, zonas y servicios disponibles, cuentas con una base de datos que hace referencia al tipo de inquilino que se busca o propietario que busca compartir casa, teniendo en cuenta a los fumadores, amantes de los animales o no, chicos o chicas, necesidades y muchos otros factores que pueden hacer que esta opción de alquiler además de económica sea toda una gratificante experiencia.
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