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martes, 27 de abril de 2021

Qué hay que saber si queremos tener mascotas en un piso de alquiler

Son muchas las personas amantes de los animales que a la hora de buscar un piso de alquiler, se hacen la misma pregunta: ¿Tengo la obligación de avisar al propietario del piso de que tengo perros, o cualquier otro tipo de mascotas?

Mascta encima de sofá

En primer lugar, y por lo general, los propietarios de pisos y apartamentos de alquiler son reacios a arrendar a inquilinos con mascota, más concretamente con perros, pues se considera que son las mascotas que mas desperfectos y daños pueden ocasionar en la vivienda, ya sea por arañar las puertas y marcos, como por su tendencia a jugar con objetos de todo tipo que pueden terminar triturados por sus fauces en un acto de juego y diversión.

En segundo lugar, has de saber que como inquilino, no tienes ninguna obligación de informar de que tiene ningún tipo de mascota, sea del tipo que sea, salvo que el dueño del inmueble o la agencia en su nombre te pregunte; ahí no podrás mentir, pues lo más probable es que además figure una clausula en el contrato que vas a firmar de arrendamiento en la que se especifique que no está permitido la tenencia de mascotas en la vivienda.

Si se da el caso de que tú tienes perro o cualquier mascota, no informas al dueño de la vivienda que vas a alquilar, ellos a su vez no te preguntan, y firmas un contrato de alquiler donde no figura ninguna clausula en la que se prohiba explícitamente la tenencia de mascotas, legalmente estás en tu derecho de tener cualquier tipo de animal en tu casa de alquiler, y la ley te amparará en todos los casos.

Casos especiales

A pesar de la cobertura que ofrece la ley a los inquilinos y su derecho de tener animales domésticos en la casa, en alguna ocasión se han dado casos curiosos que hacen que sea necesario tener las cosas muy claras desde el principio y estar bien informados; por ejemplo: es posible que tras firmar un contrato de alquiler de una vivienda de un edificio de pisos, en la que no figuraba ninguna clausula al respecto a la tenencia de animales, si figura en las clausulas de la comunidad de propietarios la prohibición de tenerlos. Estas clausulas de la comunidad de propietarios están por encima de las que has firmado con el dueño del inmueble, si bien es él quien está obligado a informarte de las mismas antes de firmar el contrato de alquiler.

Opciones que ofrecer a propietarios que no lo tienen claro

No todos los propietarios dicen no a los inquilinos con mascotas; muchos son igual que tu, amantes de los animales, e incluso tienen perros como mascotas en sus casas, pero son algo reacios al no conocer el carácter de tu mascota; en esos casos, nada mejor que tú seas quien añada una clausula en el contrato, en la que te hagas cargo de las reparaciones que tu mascota pueda provocar en el mobiliario de la casa; si ésta es tu solución, recuerda antes hacer un pequeño inventario donde se especifique el estado de la vivienda para no tener que hacerte cargo de reparaciones que no son tuyas, en el caso de que tengas que abandonar la vivienda.

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