martes 22 de enero de 2008

Obligaciones legales de las promotoras inmobiliarias

Los planos proporcionados por las promotoras inmobiliarias y las obligaciones legales de éstasLa publicidad sobre promociones inmobiliarias está por todas partes, periódicos, carteles publicitarios, Internet, etcétera. El contenido de esta publicidad nos da información que puede ser de enorme utilidad antes y después de comprar una casa o vivienda. La ley obliga a las promotoras a informar a los posibles compradores de forma veraz y sin ocultar datos relevantes. La publicidad, promoción y oferta de las inmobiliarias dirigida a la venta de casas y pisos no puede inducir a error a sus clientes. La publicidad tiene carácter vinculante, el texto de un anuncio publicitario de una inmobiliaria es considerado como si de un contrato se tratase y, por tanto, debe cumplirse. El hecho de que la publicidad sobre inmuebles tenga valor contractual ha causado que la misma sea más genérica y menos específica ya que hay promotoras que se equivocaron al dar algún dato y han tenido que pagar indemnizaciones.

Un folleto de publicidad para vender viviendas debe incluir los datos del vendedor: nombre o razón social, domicilio y los datos de inscripción en el Registro Mercantil de la inmobiliaria o promotora. Entre los datos que debemos encontrar sobre la promoción y las propias viviendas están: su ubicación, un plano general de su emplazamiento y otro del inmueble, así como una descripción de las medidas de seguridad contra incendios y del equipamiento para gas, calefacción y electricidad. Por otro lado, la descripción de la vivienda debe incluir: la superficie útil, zonas comunes, servicios adicionales o accesorios y características del edificio donde se encuentra la vivienda. También, en la memoria de calidades, se debe hacer referencia a los materiales empleados o que se van a emplear en la construcción del inmueble.

Tampoco pueden faltar los datos de inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad o de si todavía el inmueble no está inscrito en el mismo. Si el piso o casa está todavía en construcción, entonces el folleto publicitario debe hacer referencia a la fecha de entrega y en que fase se encuentra la edificación. No se debe ocultar información acerca de la situación jurídica del terreno, por ejemplo si tiene sobre si una hipoteca, ni sobre las licencias necesarias para que la vivienda se pueda ocupar. El precio del inmueble debe estar claramente indicado y detallado, y debe incluir el IVA y los honorarios del agente inmobiliario, así como hacer referencia a la forma de pago. Si la comunidad de propietarios ya está funcionando, entonces hay que facilitar un extracto de las cuentas y obligaciones de la vivienda que se esta vendiendo, así como de sus normas y estatutos.

jueves 17 de enero de 2008

Las promotoras inmobiliaras ofrecen nuevas fórmulas de compra ante la crisis del sector

Las promotoras inmobiliarias ofrecen nuevos productos para hacer más atractiva la compra de sus viviendasSegún el Fondo Monetario Internacional, España no está lo suficientemente preparada para hacer frente a los problemas financieros que se han desatado debido a la crisis de las hipotecas de alto riegos (o hipotecas subprime). Esta crisis es especialmente preocupante en países donde los precios de la vivienda han experimentado un crecimiento rápido y desproporcionado, como es el caso de España.

Esta situación ha provocado una desaceleración del valor de la vivienda en España que puede agudizarse y provocar caídas en los precios de los pisos debido a la reducción del crédito a nivel mundial lo que provoca una falta de liquidez en los consumidores. Todo esto está provocando un deterioro del mercado inmobiliario y de la inversión del sector de la construcción.

El pasado año la subida del precio de la vivienda se incrementó alrededor de un 5 por ciento, un aumento bastante alejado de los porcentajes de los tres años anteriores (17,4%, 12,6% y 9,7% según datos del Ministerio de Vivienda). Esta situación está provocando que las promotoras inmobiliarias ofrezcan nuevos productos para hacer más atractivas a sus clientes los pisos, casas y viviendas que venden:

Servicios incluidos en el precio: Como gastos de notario o de asesoramiento jurídico.

Posibilidad de inversión: Buscando inquilinos para que el comprador pueda alquilar el inmueble después de comprarlo.

Alargamiento de plazos para escriturar: Dando al comprador el tiempo suficiente, llegando incluso hasta un año, para gestionar la venta de su vivienda anterior.

Compra inversa: De manera que si el cliente no consigue vender durante el plazo concedido para escriturar su antigua casa, la promotora se compromete a comprársela a un precio pactado.

Bonificaciones por adelantos de capital: De manera que la promotora devuelve una parte de la cantidad adelantada, llegando en algunos casos hasta el 15 por ciento.

Alquiler con derecho a compra: Esta fórmula permite alquilar la vivienda y decidir, en un plazo máximo de cinco años, si nos interesa comprarla, obviamente descontando gran parte de lo que hemos abonado en concepto de alquiler.